Hasta el 11 de mayo está abierta la inscripción. Se trata de un aporte excepcional y extraordinario, que permita a las salas de espectáculos con público o predios hacer frente a las dificultades financieras derivadas de la restricción de la circulación por el COVID-19.
¿Qué es?
Una convocatoria que promueve un aporte excepcional y extraordinario, que permite a las salas de espectáculos con público o predios hacer frente a las dificultades financieras que conlleva el cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas para disminuir la circulación de personas, y por tanto la circulación del virus COVID-19.
¿A quiénes está dirigido?
Pueden postularse personas tanto humanas como jurídicas, titulares de teatros, salas o predios de espectáculos con público legalmente autorizados para la realización de actividades escénicas, que hayan tenido que suspender funciones programadas de música en vivo, teatro, circo o danza, entre los días 16 y 30 de abril inclusive del corriente ejercicio, en cumplimiento de las medidas dispuestas.
Las salas o predios de espectáculo con público deberán encontrarse dentro del territorio de AMBA o en aquellas jurisdicciones que se hayan adherido a las medidas implementadas por el Decreto N° 235/2021 -con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 241/2021- por su situación de alto riesgo epidemiológico y sanitario.
¿Cuál es el beneficio?
Se establecen tres categorías de beneficiarios, según el aforo total de las salas, asignándole a cada una de ellas un monto por función suspendida, no pudiendo en ningún caso superarse los máximos consignados:
- CATEGORÍA A:
Aforo de 200 a 500
Beneficio de $50.000 por función
Máximo hasta $300.000 - CATEGORÍA B
Aforo de 501 a 1500
Beneficio de $80.000 por función
Máximo hasta $480.000 - CATEGORÍA C
Aforo de 1500 en adelante
Beneficio de $100.000 por función
Máximo hasta $600.000
¿Hasta cuándo se puede hacer la postulación?
La convocatoria estará abierta hasta el 11 de mayo.
Por consultas, escribí a industrias.culturales@cultura.gob.ar.