Por Ley de la Provincia de Entre Ríos, en Concepción del Uruguay, se autoriza a hacer los gastos necesarios que demande el alumbrado público , bajo el presupuesto y contrato celebrado el 12 de julio de 1860.
El contrato mencionado establece: El Intendente General de Policía, autorizado por el Gobierno de la Provincia, ha celebrado con D.NICOLAS CASAS, el contrato para el alumbrado publico de la capital: Art 1°: Don NICOLAS CASAS, se compromete a colocar y mantener durante un año y medio, contados desde el 12 de septiembre de 1860, 18 faroles alumbrados con aceite y 120 con velas de sebo, en total 300 faroles ._..
CONCEPCION DEL URUGUAY 12 de Julio de 1860 Fdo PEDRO MELITON GONZALEZ-NICOLAS CASAS. Fue el primer alumbrado publico con que conto la Ciudad de CONCEPCION DEL URUGUAY EL URUGUAY 5-8-1860
EL URUGUAY 9-9-1860 LA JUNTA DE FOMENTO ACUERDA: Sáquese a licitación pública el alumbrado publico de la ciudad por el termino de dos años bajo las siguientes condicciones:
Art 1°: Sera a cuenta del empresario el alumbrado de 300 faroles que actualmente se hallan establecidos.
Art 2°: De los 300 faroles expresados los 48 existentes en la Plaza General Ramirez serán alumbrados a kerosene y los 252 restantes con aceite.
Art 3°:El alumbrado será de 7 horas de duración y obligatorio en las noches obscuras solamente.
Fuente: Andrés René Rousseaux Edicion: Jorge Miguel Haidar